Retraso en el pago del salario: esto huele mal...
No puedo evitar compratir esta información que me ha llegado en una revista de las de asociaciones de consumidores. Me parece de una relevancia evidente en estos tiempos.
Si se retrasan en pagarte el salario, tienes derecho a reclamar el 10% sin que importe el motivo del retraso. También se pueden reclamar los gatos en que hayas incurrido asociados a ese retraso: comisión por descubierto en cuenta corriente, recargo por no pagar un préstamo...
Cuando vemos que el problema se agrava porque se empieza a repetir y creemos que la empresa se va a declarar insolvente hay que reclamar la cantidad adeudada en los Juzgados de lo Social. ¿Por qué?
Porque si la empresa finalmente se declara en quiebra, estaremos en un lugar preferente en la cola del concurso de acreedores por el total de la deuda, y no únicamente por los últimos 30 días adeudados.
Además, podría darse el caso de que nos tengan que indemnizar con los 45 días por año trabajado en vez de los 20 si resulta que la empresa ha cometido "incumplimiento grave y culpable".
Espero que nadie tenga que sacar partido de estas líneas.
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